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Corte avala penas de prisión por posesión de droga

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló
las penas de 10 meses a tres años de prisión para aquellas personas que sean
sorprendidas en posesión simple de algún tipo de droga, aunque sea para consumo
personal.

 

De esta forma, el máximo tribunal del país concluyó en la
constitucionalidad de diversos artículos de la Ley General de Salud, que
excluyen del delito de posesión de drogas a quienes tengan en su poder
cantidades reducidas de ciertos narcóticos.

 

Por mayoría de votos, la Primera Sala respaldó los
proyectos de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y Jorge Pardo Rebolledo
para negar el amparo a dos personas que, en distintos casos, fueron
sorprendidas con cantidades pequeñas de mariguana.

 

En contra de ambas propuestas votaron los ministros Juan
Luis González Alcántara Carrancá y Norma Piña, quien el año pasado presentó un
proyecto contra el artículo 477 de la Ley General de Salud, que penaliza la
posesión de drogas en cantidades que excedan lo que permite el artículo 479.

 

En el primer caso, una joven fue detenida al haber
poseído 18 bolsitas de plástico transparente con mariguana, cuyo peso era de
95.700 gramos. Fue sentenciada a 10 meses de prisión.

 

Mientras que, en el otro asunto, un joven fue sorprendido
por la policía con 34 gramos de mariguana. Se le condenó a 10 meses de cárcel.

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