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Corte ordena legalizar bodas gay en Nuevo León

Por unanimidad la Suprema Corte de Justicia de la Nación
ordenó legalizar los matrimonios entre personas del mismo sexo en el estado de
Nuevo León e inválido diversas disposiciones del Código Civil que sólo
contemplaban las uniones entre hombre y mujer.

 

A propuesta del ministro Jorge Pardo, el máximo tribunal
del país analizó una acción de inconstitucionalidad promovida por la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y concluyó que el prever la figura del
matrimonio como un derecho orientado a salvaguardar la perpetuación de la
especie, tiene como consecuencia la transgresión al reconocimiento de la
dignidad humana, como derecho fundamental, del que deriva, entre otros, el
libre desarrollo de la personalidad.

 

«Toda aquella ley de cualquier entidad federativa
que limite el matrimonio a un hombre y una mujer, excluyendo de éste a las
parejas del mismo sexo o considere que la finalidad de la institución del matrimonio
es —exclusivamente— la procreación, resultan inconstitucionales, ya que
conllevan un acto de verdadera discriminación que no puede ser tolerado en un
estado de derecho como el nuestro”, sostuvo el ministro Pardo Rebolledo.

 

Y es que el Código Civil de Nuevo León contemplaba
restricciones al ejercicio de derechos humanos, las cuales en esencia consisten
en excluir de la celebración de la figura del matrimonio a parejas del mismo
sexo, al mantener intacta la porción normativa que establece el hombre y la
mujer.

 

«La medida legislativa impugnada, es el resultado de
una discriminación histórica y sistemática derivada de diferentes prejuicios,
prácticas sociales y sistema de creencias que han ocasionado la
invisibilización de este grupo vulnerable, impidiendo el ejercicio pleno de sus
derechos.

 

«Negar el matrimonio de las personas homoparentales,
implica también negarles el acceso a diversos beneficios, como los médicos,
fiscales, hereditarios, alimentarios, etcétera, que puedan obtenerse únicamente
a través de esta figura, con lo que indirectamente se les estaría menoscabando
otros derechos fundamentales”, explicó el ministro Luis María Aguilar.

 

Las declaraciones de invalidez a diversos artículos del
Código Civil de Nuevo León surtirán efecto a partir de la notificación de los
puntos resolutivos al Congreso local para que haga las modificaciones
declaradas inconstitucionales por la Suprema Corte.

 

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