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Impiden aborto de menor víctima de violación, en Sinaloa

CIUDAD DE MÉXICO

 

En Culiacán, Sinaloa se ha presentado una controversia
que enfrenta una menor de edad de 17 años, identificada como Karina, quien se
ha enfrentado a todas las barreras posibles para poder interrumpir un embarazo
producto de una violación que sufrió meses atrás en el estado de Oaxaca, cuando
ella aún tenía 16 años.

 

HuffPost México habló con el colectivo de mujeres Las
Libres, basado en Guanajuato capital, quienes han atendido el caso de la
adolescente de Culiacán, por colaboración con otros colectivos de aquel estado
del noroeste.

 

La menor de edad fue llevada a la Cruz Roja de la capital
sinaloense por dolores en el vientre muy intensos, el pasado 29 de noviembre.
Tras una inspección médica y detectar un abultamiento en el vientre se le
recomiendó ser atendida en el Hospital General, ahí se confirmó que estaba
embarazada con 16 semanas de gestación.

 

Karina confesó haber sido víctima de violencia sexual
meses atrás, sin embargo, ella no denunció nada por sentirse avergonzada.

 

Al conocer su estado de gravedad fue asignada al Hospital
de la Mujer, en su traslado en ambulancia Karina declaró no querer continuar
con su embarazo, ahí las cosas se tornaron peores.

 

Verónica Cruz, parte del colectivo Las Libres, lleva el
caso de cerca y habló del trato que las instituciones de la Secretaría de Salud
de Sinaloa le han dado a la menor de edad.

 

Ella llegó al hospital por presentar una amenaza de
aborto, en primera instancia. Ella declaró por sí misma no querer continuar con
ese embarazo y aun viendo que la niña estaba presentando riesgos en su
gravidez, las instancias de salud pública no la ayudaron», comentó Cruz.

 

Se le dio la instrucción que tenía que presentar una
denuncia por violación ante el Ministerio Público. Al estar ingresada ella fue
amedrentada por un elemento del MP de Culiacán, quien se identificó como
Antonio Cota.

 

La niña se encontraba sola, su hermano fue llamado a
recepción y se le entrevistó sin acompañamiento. Este MP le dijo que si estaba
mintiendo para abortar podría ir a la cárcel al cumplir 18 años», agregó
Cruz.

 

La integrante del colectivo Las Libres, argumenta la
posibilidad de utilizar el recurso de la Norma Oficial Mexicana en su artículo
46, en el que una mujer puede acceder a los servicios de interrupción del
embarazo tras su declaración de violación.

 

Nosotras conocemos la reglamentación para estos casos, el
delito de violación se sigue desde esa línea, para una mujer que declare que
ese embarazo es producto de un abuso debe ser interrumpido sin ninguna
interpelación legal», comentó.

 

Las autoridades de salud de Sinaloa han bloqueado la
posibilidad de interrumpir el embarazo de Karina, alegando la existencia de una
Ley estatal en la que estas figuras para el aborto están prohibidas.

 

La NOM 046 es una reglamentación nacional, en todo el
país este se puede ejercer y la denuncia de la mujer debe ser aceptada»,
precisó Cruz.

 

Tanto Las Libres, como los colectivos No se metan con
nuestra hijas, Mujeres Activas Sinaloenses, entre otros que se encuentran
basados en Culiacán, siguen atendiendo el caso de Karina, ya que su gestación
está avanzando y la menor ha expresado por medio de un documento firmado de su
puño y letra el deseo de terminar con ese embarazo.

 

 

 

La asociación ha interpuesto una queja ante la Comisión
Estatal de los Derechos Humanos de Sinaloa por el entorpecimiento por parte de
las autoridades de salud a la aplicación del NOM 046.

 

Sabemos que la legislación, por ejemplo, en el caso de
Ciudad de México es a 12 semanas por voluntad de la mujer, sin embargo la Norma
nos ampara para darle un aborto seguro y legal», indicó.

 

Los colectivos se reunieron con el secretario de Salud
del Estado de Sinaloa, Efrén Encinas, han hecho pronunciamientos y enviado
documentos para interceder por Karina y la carta que ella firma con sus
intenciones de no continuar con su embarazo.

Oficios de Solicitud de Cumplimiento de La NOM046

¿QUÉ DICE LA NORMA 046?

La Norma Oficial Mexicana (NOM-046-SSA2-2005) que citan
los colectivos de mujeres para la aplicación del aborto legal en caso de
violación aplica en todo el territorio nacional. La finalidad de este recurso
es la protección reproductiva de las mujeres y la no revictimización durante un
proceso de investigación de violación.

 

 

La reglamentación es amplia y data del 16 de abril de
2009, cuando fue publicada en el Diario Oficial de la Federación. Existe una
reforma en este criterio donde se le da libertad a la denunciante de abortar en
el caso de violación sin recurrir exprofeso a denunciar.

 

En los detalles de la Norma Oficial Mexicana 046, está
detallado el derecho que tiene una víctima de violación en solicitar la
interrupción del embarazo. En los criterios específicos del índice 6.4.2.7
explica.

 

«En caso de embarazo por violación, las instituciones
públicas prestadoras de servicios de atención médica, deberán prestar servicios
de interrupción voluntaria del embarazo en los casos permitidos por ley,
conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas de protección a los
derechos de las víctimas, previa solicitud por escrito bajo protesta de decir
verdad de la persona afectada de que dicho embarazo es producto de violación;
en caso de ser menor de 12 años de edad, a solicitud de su padre y/o su madre,
o a falta de éstos, de su tutor o conforme a las disposiciones jurídicas
aplicables. El personal de salud que participe en el procedimiento de
interrupción voluntaria del embarazo no estará obligado a verificar el dicho de
la solicitante,entendiéndose su actuación, basada en el principio de buena fe a
que hace referencia el artículo 5, de la Ley General de Víctimas».

 

La menor mencionó a sus acompañantes legales tanto a Las
Libres y No se metan con nuestra hijas, que personal medico del Hospital de la
Mujer de Culiacán le pidieron que «rezara porque su bebé estuviera
bien», «tenlo y se buena mamá», entre otros comentarios que
buscaban persuadir a Karina de su decisión.

 

Actualmente, 14 entidades establecen el primer trimestre
de gestación para interrumpir un embarazo por violación. En el caso de estados
que no tengan una ley que defina límites para la interrupción del embarazo por
violación, los colectivos de mujeres se apoyan en la que muestra la
Organización Mundial de la Salud, que en el caso de Karina aplicaría las
medidas de aborto para gestaciones de 12 y 24 semanas.

 

La OMS describe este proceso por dosis de misoprostol y
mifepristona, según lo indicado para este procedimiento.

 

 

Nota del editor: Hasta el cierre de esta edición personal
de la Secretaría de Salud del Estado de Sinaloa no ha respondido correos
electrónicos ni llamadas ante la apremiante situación que enfrenta la menor de
edad.

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