México.- Por notoriamente improcedente, un tribunal federal desechó la demanda de amparo que promovieron Manuel Bartlett, David Monreal Ávila, Layda Sansores y Ernestina Godoy Ramos contra la Reforma Energética promovida por el presidente Enrique Peña Nieto.
De acuerdo con el primer tribunal colegiado en materia administrativa, la legislación indica de manera expresa que no es posible impugnar mediante juicio de garantías un procedimiento de reformas a la Carta Magna.
El juez federal Fernando Silva admitió la petición de amparo a trámite, sin embargo, debido a que el Ministerio Público Federal (representante de los intereses de la Federación en los juicios de amparo) interpuso recursos de revisión, ahora el tribunal colegiado determinó desechar la petición de los quejosos.
El diario La Jornada destaca que hasta el momento todas las demandas de amparo contra la reforma constitucional de los artículos 27 y 28 constitucionales (que modificaron el espectro normativo y regulatorio de Petróleos Mexicanos) han sido desechadas por improcedentes.
“El juicio de amparo es improcedente contra adiciones o reformas a la Constitución (y) dicha hipótesis se debe aplicar a los actos correspondientes al procedimiento de reforma de los preceptos constitucionales, que ni siquiera puedan causar agravio a los gobernados, pues el eventual agravio lo causa su resultado final, es decir, la norma reformada”, indica en su determinación los magistrados Joel Carranco, Carlos Ronzón y Julio Hernández Fonseca.
Subrayaron que el artículo 61 de la Ley de Amparo –que entró en vigor en abril de 2013– prohíbe la procedencia del juicio de amparo para impugnar adiciones y/o reformas a la Constitución.
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