El Instituto Federal de Telecomunicaciones
“Es importante que desde ya se tomen medidas para hacer efectivo este derecho a la portabilidad; ya no hay razón para pedir nunca más en la portabilidad una factura, rechazarla por falta de pago o pagos pendientes al operador que cede el número. Sólo basta con presentar una identificación y la manifestación de que es su deseo ser portado”, indicó.
El funcionario subrayó que en tanto se desarrollan los nuevos sistemas de los operadores y el Administrador de la Base de Datos, lo que deberá ocurrir en un plazo no mayor a 90 días naturales, las reglas establecen medidas desde el día siguiente a su publicación.
Entre estas medidas, dijo, destacan la reducción de plazos para llevar a efecto la portabilidad, de tal manera que pueda concretarse en no más de tres días hábiles.
Además se elimina el requisito de presentar factura o contrato, siendo necesaria únicamente la presentación de una identificación oficial y la manifestación de voluntad de solicitarla, y el adeudo por parte de los usuarios no será causa de rechazo de la portabilidad.
“Estas medidas entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial, y con su expedición se cumple con lo previsto en el artículo 38 transitorio de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión”, sostuvo.


