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Familiares no podrán tocar cadáver de víctimas de Covid-19

El Gobernador Miguel Riquelme firmó esta mañana un decreto en el cual se recomienda que las víctimas de Covid-19 y cualquier otra enfermedad respiratoria que pudiera dar indicios de contagio de este virus, sean tratados con los cuidados necesarios.

A las víctimas de enfermedades respiratorias como neumonías, se les deberán aplicar las pruebas correspondientes para confirmar o descartar que hayan sido contagiadas por coronavirus.

Además, el decreto establece protocolos para los funerales que deberán seguir los familiares y seres queridos de la persona fallecida.

En el decreto se estipula que el personal de Salud en el Estado, tanto del sector público como privado, deberá garantizar que la manipulación del cadáver sea en todo momento con trato digno.

Se destaca en este decreto que los familiares podrán estar presentes bajo condiciones controladas de sanidad, sin establecer contacto físico con el cadáver ni con instrumentos o superficies que tengan la posibilidad de estar contaminadas, previniendo cualquier riesgo de contagio. Para tal efecto, deberán entrar con bata, guantes y mascarilla, material que deberá desecharse.

De la misma manera, que el cadáver deberá introducirse en una bolsa sanitaria con cierre hermético y plastificado. La introducción en la bolsa se deberá realizar dentro de la propia habitación de aislamiento. Una vez cerrada se deberá rociar en su totalidad con desinfectante de uso hospitalario o con una solución de hipoclorito de sodio al 10 por ciento.


Establece además que, en principio, las autopsias no serán realizadas salvo que la autoridad competente determine que se verifique necropsia de Ley. En caso de necropsia, se establecen en el decreto las medidas sanitarias que deberán observarse.

La bolsa sanitaria con cierre hermético que contenga el cadáver podrá introducirse en un féretro o ataúd que reúna las características técnicas sanitarias de resistencia a la presión de los gases en su interior e impermeabilidad.

Asimismo, en el decreto se establecen disposiciones relativas el traslado internacional de cadáveres o cenizas.
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