El Juzgado Primero de Distrito negó al Sindicato de Trabajadores
Académicos (Staus) la suspensión definitiva sobre las resoluciones de la Junta
Local de Conciliación y Arbitraje, misma que ordenó archivar y dar por
concluido el conflicto laboral entre la Universidad de Sonora y el gremio de
docentes.
Al respecto, el abogado general de la alma máter, Gilberto León León,
explicó que la resolución del juzgado federal brinda la razón jurídica a la
Universidad, luego de que en repetidas ocasiones el mismo rector Heriberto
Grijalva Monteverde aseguró que la revisión salarial con el Staus era un asunto
concluido y archivado por órdenes de la autoridad laboral estatal.
León León recordó que, inicialmente, el Staus emplazó a huelga a la
Universidad para el pasado 30 de abril a las 17:00 horas, y solicitó una
prórroga de esta fecha para el 15 de mayo, a la misma hora, petición que el
mismo 30 de abril la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje negó por considerarlo un acto unilateral.
Posteriormente, el 1 de mayo, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje
dio por concluido el conflicto laboral entre el Staus y la Universidad, y
ordenó que el caso se archivara, debido a que la parte sindical no estalló el
movimiento de huelga en la fecha y hora establecida por ellos mismos.
Así, el Juzgado Primero de Distrito negó esta mañana al Staus la
suspensión definitiva de las resoluciones emitidas por la autoridad laboral
estatal, ya que la Universidad de Sonora probó que este asunto ya había sido
archivado y concluido por la Junta Local de Conciliación y Arbitraje.
“Lo que se le niega —al Staus— es
la suspensión definitiva partiendo de la base de que el expediente sí está
archivado y de que no procede conceder una suspensión sobre actos consumados,
que es el caso concreto”, resaltó el también integrante de las comisiones
negociadoras por parte de la Universidad.
León León añadió que el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) del Staus
está prorrogado debido a que dicho documento venció el pasado 20 de marzo, y
hasta la fecha, el sindicato no ha aceptado el ofrecimiento económico de la
institución.
En este sentido, la Universidad de Sonora no está obligada legalmente a
otorgar el aumento salarial correspondiente; sin embargo, como muestra de buena
voluntad, la Rectoría mantiene la propuesta de 3.5% de incremento directo al
salario y 1.4% a prestaciones.
Citó que con base en el Artículo 353-Q de la Ley Federal del Trabajo,
que la letra dice: “En los contratos
colectivos, las disposiciones relativas a los trabajadores académicos no se
extenderán a los trabajadores administrativos, ni a la inversa, salvo que así
se convenga expresamente”, la Universidad no está obligada a igualar al
Staus el ofrecimiento hecho al Sindicato de Trabajadores y Empleados (Steus).
En el caso del Staus, precisó, se trata de una revisión únicamente
salarial, y la institución hizo un esfuerzo extraordinario de gestiones para
ofrecer 1.4% de incremento en prestaciones, mientras que en el caso del Steus,
por tratarse de un asunto contractual, aplicó, además, del aumento salarial, el
2.4% a prestaciones.


