El Partido Revolucionario Institucional (PRI) en Hidalgo prevé sancionar al alcalde de Tepehuacán de Guerrero, Hilario Mendoza Benito, quien, además del desafuero, puede enfrentar la expulsión de la institución, si las autoridades judiciales determinan responsabilidad penal por la golpiza que propinó a su esposa, María Virginia Ortiz, en diciembre pasado.
El coordinador de asuntos jurídicos del PRI, Lucas González López, indicó que al tricolor “no le conviene tener este tipo de personas”, por lo que están atentos del juicio de procedencia solicitado contra el presidente municipal en el Congreso local. “Parece que evidentemente hay una responsabilidad de carácter penal y las sanciones a nivel de partido serán una consecuencia”, explicó.
Precisó que para iniciar un proceso de sanción ante la Comisión de Honor y Justicia, que puede incluso decretar una expulsión, se debe contar con la verdad jurídica y a partir de ello el PRI determinará la permanencia de Hilario Mendoza en sus filas.
“Es un presidente municipal que llegó al cargo cobijado por las siglas del PRI y, por lo tanto, el partido deberá iniciar un proceso interno una vez que concluya tanto el juicio de procedencia como el penal, ya que podría recurrir a las autoridades federales y al amparo. Nada está descartado”, resaltó el priísta.
El dirigente estatal del PRI, Ricardo Crespo Arroyo, condenó en diciembre pasado los hechos y advirtió que su partido está en contra de cualquier persona que atente contra la integridad de otra.
El miércoles pasado, María Virginia Ortiz intentó retractarse de la denuncia penal que interpuso, para otorgarle el perdón a su marido. Sin embargo, autoridades estatales no lo aceptaron por tratarse de un delito que se persigue de oficio. El mismo día la Procuraduría General de Justicia de Hidalgo presentó la solicitud de juicio de procedencia contra el edil.
Por su lado, el presidente de la Comisión Instructora del Congreso local, Humberto Lugo Guerrero, precisó que será en dos días cuando se reúnan para analizar la petición de juicio de procedencia que requiere el agente del Ministerio Público para continuar con el proceso, que puede culminar en el ejercicio de la acción penal.
La ley de responsabilidad de los servidores públicos marca un plazo de 70 días para que se ejecute el juicio de procedencia. Sin embargo, dijo Lugo Guerrero, es muy probable que el caso se acorte y antes de ese tiempo se cuente con un dictamen sobre el probable desafuero del alcalde.
La Procuraduría de Justicia esperará que el Congreso local resuelva el juicio de procedencia para continuar con el proceso judicial, en el que el alcalde puede alcanzar hasta 10 años de prisión, aunque también podrá recurrir al pago de una fianza.


