Ciudad de México.- La Suprema Corte de Justicia se
encamina a invalidar, en su totalidad, la Ley de Seguridad Interior, que
pretende regular la actuación de las Fuerzas Armadas en el combate a la
delincuencia.
Los seis ministros que intervinieron en la sesión de ayer
se pronunciaron por anular la ley, pero el presidente Luis María Aguilar
suspendió el debate cuando faltaban 12 minutos para la hora límite de las 2 de
la tarde, por lo que la discusión seguirá el jueves.
Se requiere el voto de ocho de los 11 ministros para
invalidar la ley, y hasta ahora nadie apoyó el proyecto de Jorge Pardo, quien
propone declarar que el Congreso de la Unión sí tenía facultad constitucional
para expedirla.
El equipo del presidente electo, Andrés Manuel López
Obrador, presentará hoy miércoles su plan de seguridad, por lo que el fallo de
la Corte será posterior al anuncio.
Cinco ministros coincidieron en que la Carta Magna no
faculta al Congreso para expedir dicha ley, mientras que Norma Piña acusó que
su aprobación en “fast track” en la Cámara de Diputados, en 2017, significó un
vicio de procedimiento.
La Suprema Corte de Justicia se encamina a invalidar, en
su totalidad, la Ley de Seguridad Interior, que pretende regular la actuación
de las Fuerzas Armadas en el combate a la delincuencia.
Los seis ministros que intervinieron en la sesión de ayer
se pronunciaron por anularla pero el presidente Luis María Aguilar suspendió el
debate cuando faltaban 12 minutos para la hora límite de las 2 de la tarde, por
lo que la discusión seguirá el jueves.
Se requiere el voto de ocho de los 11 ministros para
invalidar la Ley, y hasta ahora nadie apoyó el proyecto de Jorge Pardo, quien
propone declarar que el Congreso de la Unión sí tenía facultad constitucional
para expedirla.
El equipo del presidente electo, Andrés Manuel López
Obrador, presentará hoy miércoles su plan de seguridad, por lo que el fallo de
la Corte será posterior al anuncio.
Cinco ministros coincidieron en que la Carta Magna no
faculta al Congreso para expedir dicha ley, mientras que Norma Piña acusó que
su aprobación en “fast track” en la Cámara de Diputados, el 30 de noviembre de
2017, significó un vicio de procedimiento que invalida la norma.
Del grupo mayoritario, sólo José Ramón Cossío reiteró su
postura de que el Ejecutivo sólo puede disponer de las Fuerzas Armadas cuando
hay declaración formal de guerra o de suspensión de derechos humanos.
Los demás sí aceptaron la posibilidad de que Ejército y
Marina coadyuven en el combate a la delincuencia, pero de manera excepcional,
por solicitud y bajo mando civil, y con temporalidad limitada, lo que sería
contrario al esquema permanente de intervención federal en las entidades,
previsto en la Ley impugnada.
Arturo Zaldívar calificó a la ley de “fraude a la
Constitución”, porque si bien dice regular la seguridad interior, en realidad
norma la seguridad pública, que es una función prevista para autoridades
civiles de los tres órdenes de Gobierno en el Artículo 21 de la Constitución.
Javier Láynez y Alberto Pérez Dayán también rechazaron
que exista facultad del Congreso para regular este tema.


